He hablado hasta aburrir al personal de los auxiliares externos (y aquí, ), y espero que sepáis disculparme pero la actualidad manda.
La Dirección General de Seguros Y Fondos de Pensiones nos regala su último criterio sobre auxiliares externos, titulado "Extralimitación de funciones de los auxiliares externos". Lo primero que llama la atención es que una figura, en principio, tan secundaria, tan banal, tan correveidile tenga casi veinte documentos explicando lo que son.
Algo falla aquí. La ley de Mediación y la retahíla de criterios de la DGSFP, dice que los auxiliares externos tienen la función de captación de clientela, y de llevar documentación al mediador y entregar presupuestos al cliente, de recoger el parte de siniestro, y llevarlo al mediador... O sea, se encargan de llevar y traer papeles.
Dice la DGSFP que los auxiliares externos tienen limitadas sus funciones (sic)... no pueden asesorar, no pueden prestar asistencia en la formalización del contrato de seguro, ni en el siniestro.
En el texto de la DGSFP, vuelve a repetir todo esto dejando clarísimo que muchos de los auxiliares externos que hay hoy pululando por el mundo financiero no se ajustan a la objetivo de la Ley. Y me refiero a los agregadores de internet que actuan como auxiliares, a las franquicias de mediación, etc...
A raíz de esta respuesta de Seguros, Carlos Lluch, escribió la semana pasada defendiendo la franquicia como forma de negocio para el sector. Y por qué no... pero, desde luego, exigiendo la misma formación a un franquiciado que a un mediador, y no como hoy que vale cualquier cosa en perjuicio del pobre consumidor que no sabe si habla con una correduría, una sucursal de banco o un correveidile y que no sabe quien le prepara su póliza, si es alguien preparado o si es alguien con un contrato de auxiliar y le dejan hacer...
Pero hay otros puntos de vista; el de Rafael Bonilla, corredor de seguros, que va en dirección contraria y piensa que si hay que formar a los auxiliares por qué no pueden hacer funciones de mediación.
En definitiva, la ley no gusta a nadie, ya sea por exceso o por defecto. Ahora Seguros trata de defender la postura inicial, la idea que llevo a escribir la ley como fue aprobada. Y esta bien deben defender su criterio hasta que se cambie la ley. Pero la mejor forma de defender su postura es actuando contra la ingente cantidad de auxiliares externos que realizan funciones de mediación, que tienen prohibidas.
La Dirección General de Seguros Y Fondos de Pensiones nos regala su último criterio sobre auxiliares externos, titulado "Extralimitación de funciones de los auxiliares externos". Lo primero que llama la atención es que una figura, en principio, tan secundaria, tan banal, tan correveidile tenga casi veinte documentos explicando lo que son.
Algo falla aquí. La ley de Mediación y la retahíla de criterios de la DGSFP, dice que los auxiliares externos tienen la función de captación de clientela, y de llevar documentación al mediador y entregar presupuestos al cliente, de recoger el parte de siniestro, y llevarlo al mediador... O sea, se encargan de llevar y traer papeles.
Dice la DGSFP que los auxiliares externos tienen limitadas sus funciones (sic)... no pueden asesorar, no pueden prestar asistencia en la formalización del contrato de seguro, ni en el siniestro.
En el texto de la DGSFP, vuelve a repetir todo esto dejando clarísimo que muchos de los auxiliares externos que hay hoy pululando por el mundo financiero no se ajustan a la objetivo de la Ley. Y me refiero a los agregadores de internet que actuan como auxiliares, a las franquicias de mediación, etc...
A raíz de esta respuesta de Seguros, Carlos Lluch, escribió la semana pasada defendiendo la franquicia como forma de negocio para el sector. Y por qué no... pero, desde luego, exigiendo la misma formación a un franquiciado que a un mediador, y no como hoy que vale cualquier cosa en perjuicio del pobre consumidor que no sabe si habla con una correduría, una sucursal de banco o un correveidile y que no sabe quien le prepara su póliza, si es alguien preparado o si es alguien con un contrato de auxiliar y le dejan hacer...
Pero hay otros puntos de vista; el de Rafael Bonilla, corredor de seguros, que va en dirección contraria y piensa que si hay que formar a los auxiliares por qué no pueden hacer funciones de mediación.
En definitiva, la ley no gusta a nadie, ya sea por exceso o por defecto. Ahora Seguros trata de defender la postura inicial, la idea que llevo a escribir la ley como fue aprobada. Y esta bien deben defender su criterio hasta que se cambie la ley. Pero la mejor forma de defender su postura es actuando contra la ingente cantidad de auxiliares externos que realizan funciones de mediación, que tienen prohibidas.
el otro día estuve rodando con la moto en el circuito de cheste. No había mas peligro que el propio de hacer la cabra con la moto. Había gente cuidando de ti, gente que te organizaba por grupos, gente que te explicaba
ResponderEliminarPero sobre todo, lo mas importante no era eso, sino que estaban cuando pudiera ocurrir algo desagradable, que te auxiliaba sí te caías, una ambulancia...
Hace dos semanas estuve en la cruz verde. Por correr podría correr lo mismo, pero lo importante es que la carretera no está preparada para correr
Cada cosa para cada cosa