Ir al contenido principal

Entradas

Mostrando las entradas etiquetadas como baja

¿Cómo anular un seguro?

Vuelvo  a hablar de cosas que mucha gente sabe pero que otra mucha desconoce: ¿Cómo se anula una póliza de seguro? Tenemos que empezar por el principio, ¿qué es una póliza? Una póliza es un contrato . Y como contrato en el se regulan una serie de relaciones contractuales acordadas entre el asegurador y el tomador de la póliza. Entre ellas la forma de anular el propio contrato. Las normas básicas de estas pólizas de seguro están reguladas por la Ley 50/1980, de 8 de octubre,  de Contrato de Seguro . Esta ley en su artículo 22 determina que los contratos de seguros puedan ser prorrogables, y la inmensa mayoría son así. O sea, que se prorrogan automáticamente , salvo pacto en contra, o si una de las partes quiere anular la póliza. Si no hay acuerdo, y la decisión de anulación la toma una de las partes, el único requisito para poder dar de baja la póliza es advertirlo a la parte contraria con dos meses de antelación a la conclusión del periodo en curso. Por lo tanto, esta es la Ley, hoy v...

Seguros y redes sociales.

Las redes sociales, Facebook, Hi5, Linkedin, Tuenti... están extendiéndose rápidamente; se usan cada vez más y de múltiples formas. No se donde he leído que en España hay más de 17 millones de perfiles en redes sociales . Cada vez es más habitual ver empresas que tienen su perfil como medio de comunicación con sus empleados y clientes. La lucha contra el fraude a las aseguradoras también evoluciona y se adapta a estas nuevas realidades: Una mujer canadiense estaba de baja por depresión , cobrando su salario a través de una aseguradora Manulife Insurance , hasta que se percataron que tenía colgadas en Facebook una serie de fotografías en las que no aparentaba pasar por una depresión. La aseguradora dejó de pagar la indemnización que le correspondía a la enferma, porque les parecía que las fotos en la playa no son de compatibles con la enfermedad...Acto seguido, por supuesto que la canadiense ha demandado a la aseguradora, y veremos donde acaba la cosa... VIA: Iuriscivilis.com