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¿Por qué se pueden reclamar los recibos?


A raíz de la entrada del viernes y que durante el fin de semana ha creado cierta polémica, me gustaría explicar:

¿Por qué la ley permite a la aseguradora reclamar estos recibos pendientes cuando el consumidor no quiere el servicio?

Tenemos que irnos a la base misma del seguro para entenderlo, pero empezaré por poneros un ejemplo de una sociedad, actual, que no necesita seguros pero usan la misma filosofía. Hablemos de los Amish.

Los Amish, son una agrupación religiosa que viven de espaldas al progreso. No aceptan bien los cambios y prohíben usar cualquier tecnología moderna llegando a no usar internet, que vale... pero tampoco la red eléctrica, así que nada de electrodomesticos, nada de motores... Por supuesto los seguros estan prohibidos, incluido los médicos...

No les queda otra que dedicarse a la agricultura y ganadería.

Cuando un granero de un Amish (básico para su estabilidad) o una vivienda tiene la desgracia de quemarse, todo el pueblo colabora en su reconstrucción. Esta es la filosofía de los seguros, cuando alguien tiene un siniestro lo arreglamos entre todos.

Las compañías calculan gracias a las estadísticas cuantos siniestros habrá en el año, cuanto van a costar y por lo tanto, cuanto tenemos que pagar cada uno de nosotros para cubrir la perdida total. Independientemente de que nosotros seamos los perjudicados, porque nuestro dinero no es para cubrir nuestra perdida sino la de cualquiera de nuestra sociedad (compañía).

Volvamos al pueblo Amish, los jovenes tienen la oportunidad de salir del pueblo a ver el mundo exterior, vivir fuera, trabajar, beber, fumar, drogarse... y algunos no vuelven, pero la mayoría regresa para vivir definitivamente dentro de las normas.

¿Qué pasaría si de repente se fueran del pueblo muchos más Amish de los previstos y se quemará un granero? Se tardaría en reconstruir más de la cuenta, quizá se perdiera una cosecha, quizá pasaran hambre un tiempo, quizá enfermaran más de la cuenta, acabarían descreyendo y por qué no: desapareciendo.

¿Qué pasa si de repente la compañía de seguros no cuenta con todo el dinero que debería para pagar los siniestros porque muchos asegurados han decidido dejar de pagar la mitad de lo acordado? Podría quebrar.

Por lo tanto, es imprescindible que las partes cumplan con el contrato. La aseguradora con indemnizar los daños asegurados, y el cliente pagar la prima, para que la aseguradora tenga dinero para pagar los daños asegurados de todos.




fotografía: wikimedia

Comentarios

  1. ¿Y qué pasa cuando es la compañía la que incumple la Ley de Contrato de Seguro? Se supone que los dos meses de preaviso para que el asegurado pueda romper su relación contractual con la aseguradora es el mismo tiempo que tiene la aseguradora para informar al cliente de cualquier cambio en la condiciones del seguro. Y yo me pregunto, ¿no es una práctica habitual, más de lo que deseamos, que las aseguradoras se salten a la torera dicho plazo?

    Un ejemplo: la renovación de un seguro de automóviles de una aseguradora se realiza el 8 de enero. Pues bien, no pasa nada, la compañía avisa al tomador de la póliza que va a proceder a un aumento de la prima por un importe de XX%. La comunicación llega al cliente, en correo ordinario, el veintitantos de diciembre (cuatro días después de lo que pone el matasellos) pero curiosamente la fecha de comunicación que aparece en la carta es 'taitantos' de octubre.

    Si yo me quiero ir de esa compañía, ¿por qué voy a tener que pagar cuando me han variado las condiciones del contrato de seguro, en este caso el precio, y no me han preavisado con el tiempo necesario?

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  2. Cuando es la aseguradora la que incumple el contrato, en cualquiera de sus artículos, tu mediador de seguros se debe encargar de solucionarlo.

    En el caso en particular que aludes y que ha venido ocurriendo ultimamente: no hay duda, la prima es una parte del contrato y si se modifica, al margen de este contrato, hay que comunicarlo, y el tomador podrá tomar las opciones previstas en la ley, como no renovar, sin mayor problema.

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  3. Estoy totalmente de acuerdo con Anónimo. Ocurre con demasiada frecuencia que el aviso de alguna modificación en las condiciones del seguro, o simplemente la actualización del precio llega con poquísima antelación de forma que el margen de maniobra es mínimo. Pongamos por caso que un cliente tiene contratado un seguro con la compañía X y quiere comparar precios con otras compañias. Para poder comparar, primero ha de saber la prima de su actual seguro, pero como no se la van a comunicar hasta pocos días antes del vencimiento del seguro su capacidad de actuación es limitada.

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  4. Enhorabuena por la explicación, muy ilustrativa.
    Hablando del preaviso de los 2 meses:Creo que si la intención de las Compañías de Seguros es retener cartera, ésto solo lo conseguirán un año....seguro que si se obliga al asegurado a renovar el seguro (y probablemente pagará 2...el que se habrá reclamado y el que habrá hecho en otra Cia.), seguro que anulará a la prox.anualidad el seguro cumpliendo todos los requisitos, pero también lo hará con el del hogar que tiene en la misma Cia, el de su mujer, cuñado, etc....
    Por otro lado, también creo que los asegurados empezarían a darle al sector la importancia que se merece.
    Saludos.

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  5. sobre los seguros de coche mi pregunta es que pasa cuando la razon de no querer con el seguro sea monetario y por falta de trabajo,que leyes hay a favor de esto. y más cuando el seguro pertenece a tu banco y te obligan a cogerlo como sea dandote tarjetas de credito donde esta la justicia y la ley
    ojo para las personas que no saben lo que les espera con el seguro mucho ojo

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  6. La ley nos obliga a mantener el contrato, sin excepciones, da igual que quieras dejar de pagarlo por cambiar de compañía, porque no te gusta el logotipo de la empresa o porque pases por dificultades económicas.

    Por otro lado, tampoco un banco puede obligarte a tener una tarjeta de crédito si tu no quieres. Yo denunciaría si me obligaran...

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  7. Hola, en Junio me llego la carta de renovación de póliza (mi póliza caduca en agosto). Bueno hasta ahí todo bien, el problema pasa cuando hablo con el mediador ( mi agente) y le pregunto si seria posible que la niña se quedara sola en el seguro y cuanto seria el valor ya que por mi situación económica no podía seguir costeando. EL me dice que no lo sabes que por norma no pero que lo va a preguntar, que espere su llamada. Espero y espero, hasta que pasa un mes (estamos en Julio) y llamo a la aseguradora y una chica muy amable me contesta de que si se puede que la contestación la tiene el agente hace mas de un mes un par de días desde que lo llame. Y que el precio no variaba mucho ya que es una menor de edad, hablo con mi agente y me dice que justo me iba a llamar. Bueno le comento de que ya no me interesa el seguro ni para mi ni para la niña. El me dice que dará parte pero que hay que esperar dos meses mas para que se de baja, a lo que le contesto de que el fue el que me hizo perder un mes, el dice no me preocupe que de aviso al banco de no pagar mas recibos y que ya lo daba de baja. Estamos en septiembre y cuando llego de vacaciones me encuentro que me envían las tarjetas nuevas del seguro las dos, pero que solo me cobran por la niña. SIn contar de que me mandan una carta de impago. La verdad es que no se que hacer, poner una denuncia al agente por no hacer lo que habíamos quedado o como arreglarlo con la aseguradora. Por favor iluminad mi camino.

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  8. Skycat, El problema que tienes es que solo sirve lo que tengas por escrito, todas las comunicaciones con tu agente o compañía de manera telefónica no prueban nada.

    Así que si ya no te interesa tu aseguradora actual, solicita la anulación, por escrito, y seguramente ellos anularán la póliza cuando legalmente deban.

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