Por si acaso Solbes hoy nos recordaba que los bancos españoles son solventes. Pero como no lo van a ser...
A mitad de artículo me he encontrado con que ya esta publicado lo que yo quería decir: así que me ahorro esta parte. No se puede decir más claro.
Resumo la idea, ADICAE advierte de una oleada de llamadas por parte, en teoría, de nuestros bancos, para ofrecernos seguros de desempleo.
En definitiva, la banca pone sus call center a trabajar para vendernos seguros, que le garantizan el cobro a ellos. ¡Chapeau!
Esto es exprimir más aún a su cliente. Es una nueva dimensión del reaseguro.
El artículo termina en la lógica: Adicae aconseja siempre acudir a la oficina antes de contratar nada ni revelar ningún dato, por si acaso.
Lo de siempre, esta bien que te informen por teléfono, pero después, contrata en una oficina.
Edito: Además ahora ADICAE advierte que los seguros de proteccion de pagos de hipotecas no cumplen las expectativas de los consumidores. El problema de vender las cosas sin explicarlas...
martes 30 de septiembre de 2008
La imaginación al poder.
Para recordar...
Hacer ejercicio recordando cosas es bueno para la memoria, os propongo que recordéis durante unos meses lo que os llame la atención de las noticias de hoy:
AIG Europe, están en campaña. En campaña de limpieza de imagen. Aquí se escuchan cosas y la gente se pone nerviosa y no hay por que.
Así el periodista especialista en seguros Miguel Benito decía hace días en su artículo: " Los responsables de AIG aseguran querer ir en serio en España". Hoy en el BDS declara en exclusiva Álvaro Mengotti, Director General para España de AIG Europe, que "Vamos a salir fortalecidos de esta crisis", "el seguro se considera el negocio principal que se quiere mantener".
Mengotti recuerda en la entrevista que AIG tiene una solvencia 2,5 veces el mínimo exigido. Por lo tanto, yo coincido: tranquilidad. De hecho cuenta que siguen renovando y firmando pólizas a buen ritmo, por lo tanto sus partners y mediadores siguen confiando en la entidad. Así como UNESPA que, según cuenta Mengotti, Pilar González de Frutos le ha "manifestado su apoyo".
Por otro lado la presidenta de UNESA, Dª Pilar, ha dicho para La Gaceta de los Negocios: que las compañías "están aguantando el tipo y dando un ejemplo de solvencia que para sí quisieran otros mercados, más desarrollados".
Pues nada que todo marcha estupendamente. Por cierto, que el portal de cine hoycinema.com ha nombrado a Star Wars mejor película de ciencia ficción de todos los tiempos.
miércoles 24 de septiembre de 2008
¿Quién vende más seguros en España?
Si preguntamos a cualquiera que nos diga, según su visión, que tipo de compañías son las que más tirón han tenido en 2007 creo que no acertaría casi nadie.
¿De que forma se distribuyen más seguros en España? ¿Agentes y corredores? ¿Teléfono? ¿Internet? ¿Bancos?
ICEA presenta un estudio sobre el tema "Canales de Distribución. Estadística 2007.
De este estudio se desprende que el 48% esta distribuido a través de mediadores de seguros: agentes y corredores (28% y 19% respectivamente).
La bancaseguros, ha conseguido "convencer" en sus sucursales con sus sibilinos métodos al 35%.
Poco parte del pastel queda para el resto; en oficinas de las compañías se distribuye el 11%. Las compañías telefónicas consiguen mas del 3%... y la venta por internet un magnífico 0,54%...
Parece que los españoles siguen prefiriendo el trato personal y el servicio que ofrecen los agentes y corredores de seguros.
martes 23 de septiembre de 2008
Richard Attié, se va a IMA IBERICA.
Copiado del BDS 23/09/2008:
"Con efecto desde principios de este mes de septiembre, Richard Attié ha sido nombrado director de Desarrollo y Marketing de IMA IBERICA ASISTENCIA. Con más de 20 años de experiencia en el mundo de los seguros, empezó su carrera en Francia, en GAMF y posteriormente en AZUR ASSURANCES. En 1997 llega a España, ocupando distintos puestos de Dirección Comercial y Marketing y siendo nombrado director de Desarrollo y miembro del Comité de Dirección de AZUR SEGUROS en 2003. Después de su colaboración con APRIL IBERIA, Attié se incorporó a IMA IBERICA con el objetivo de desarrollar el negocio de la entidad y acaparar nuevos mercados."
Puede que IMA IBERICA ASISTENCIA, filial de Inter Mutuelles Assistance no sea muy conocida y a Richard Attié se le conozca, mayoritariamente, en el sector. Pero quería aprovechar para darle la enhorabuena y desearle éxitos en esta nueva andadura. Y por aquí me sale más barato que por teléfono.
¡Suerte Ricardo!
sábado 20 de septiembre de 2008
Teleoperadores.
Me canso de decir que las aseguradoras de atención directa dejan mucho que desear, precisamente, por su atención, pero no por ser aseguradoras, sino por atender por teléfono. Pasa lo mismo con los móviles, el adsl, y en definitiva con cualquier tipo de atención a través de call center.
Escribo hoy, después de leer un hilo redactado por una teleoperadora en uno de los foros más visitados del país: Forocoches...
En concreto podéis leerlo entero aquí.
La teleoperadora, escribe para quejarse de los insultos que recibe a diario. Lamentable. Pero si los recibe es que el cliente no recibe lo que espera. Y no voy a entrar en si espera más de lo que le corresponde. Porque posiblemente sea así, pero posiblemente es porque no le explicaron cuando contrato lo suficiente.
Voy a cosas más graves, y es que dice:
Yo trabajo en una compañía de seguros bastante grande, conocida e importante, de la cual no voy a dar más datos.
Nos dijeron que nos darían un curso intensivo de una semana. Vaya, pensé que más o menos era tiempo suficiente para aprender lo más importante...
Finalmente nos dieron un curso de 4 HORAS, en el que principalmente aprendimos a manejar la intranet de la empresa y el sistema informático usado para gestionar los siniestros. Y PARA DE CONTAR.
A muchos os asombraría el temario que se exigía y la prueba que había que superar para que te concedieran el Diploma de Mediador de Seguros Titulado, o la prueba que ahora lo sustituye. Reduciré para los profanos a que son cursos de un año lectivo, en los que se exige conocimientos financieros y de seguros.
Muchos pasamos esas prueba para "vender seguros", para saber asesorar y asistir a nuestros clientes cuando lo precisan. Y al personal que atiende por teléfono en los call centers le dan un curso de 4 horas para que sepan manejar el entorno informático.
Da que pensar.
Más tarde habla de alguna de las quejas que reciben:
Luego están los que se quejan de que llevan una semana llamando y siempre sale la línea ocupada... te echan a ti la culpa... claro señor, es que he tenido la linea ocupada hablando con mis colegas... no te jode...
Si hay poco personal para atender cincomil llamadas ¿quien más que los operadores quisieran que hubiera más para poder respirar un poco???
Además de no estar formados, parece que no son suficientes para atender. Así ahorrarían estas compañías.
La teleoperadora sigue su discurso:
Porque a mi me entran una llamada detrás de otra, con una única pausa de 15 segundos entre una y otra...
En ese tiempo se supone que tengo que dejar nota y constancia de lo que se ha hablado en la conversación...
Después nos extraña que cuando volvemos a llamar, porque hay que volver a llamar, no figuran en el expediente la mitad de las conversaciones...
Poco más que decir, sacad vuestras conclusiones, pero yo tengo que volver a recomendar que hagáis vuestro seguro con un mediador (agente o corredor) que le veáis la cara, y que este bien formado, por si alguna vez os hace falta.
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jueves 18 de septiembre de 2008
Derecho de repetición.
Tras una charla con el responsable de iuriscivilis.com (experto jurista) hemos decidido lanzar a la opinión pública, con sendas entradas, lo que el gobierno legisló, y las compañías de seguros callan.
Para comprender lo que digo es imprescindible leer el artículo mellizo, que aparece a la vez en www.iuriscivilis.com. ¡Un trabajo fantástico!
Antecedentes: hasta la entrada en vigor de la Ley 21/2007, de 11 de julio, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, que deroga el artículo 15 de la anterior Ley sobre responsabilidad civil, cuando ocurria un accidente y un asegurado no cumplía con lo que decia la póliza, la compañía tenía derecho de repetición y podría reclamar a su asegurado las cantidades oportunas. Después veremos ejemplos.
Esto parece normal que sea así. Pero la entrada en vigor en agosto de 2007 de esta ley, cambia la lógica. En el preámbulo podemos leer:
"Con el objetivo de reforzar el carácter de protección patrimonial para el tomador o asegurado, se limitan las posibilidades de repetición por el asegurador sobre ellos a las causas previstas en la Ley, con eliminación de la posibilidad de que el asegurador repita contra el tomador o asegurado por causas previstas en el contrato." Circunstancia que se lleva a efecto en el artículo 9, sobre el derecho de repetición:
c) Contra el tomador del seguro o asegurado, por las causas previstas en la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, y, conforme a lo previsto en el contrato, en el caso de conducción del vehículo por quien carezca del permiso de conducir.
Trataré de resumir este batiburrillo legal: Hasta que se modifica este punto las compañías pueden defenderse de quien les "engaña". Desde hace un año no.
Y no, porque cuando una aseguradora pague un siniestro que no le corresponde, porque la ley le obliga a indemnizar a los perjudicados, no puede reclamar a quien no ha cumplido con lo firmado en el contrato de seguro.
Ahora, cualquier exclusión que la compañía hubiera incluido en las condiciones de la póliza y que no sea de las que se permiten en la Ley 21/2007 no tendrían efecto.
Por ejemplo: todos sabemos que los jóvenes conductores no los quieren asegurar las compañías por su alto indice de siniestralidad. Algunas compañías los aseguran a cambio de incluir excepciones de cobertura no previstas para el Seguro Obligatorio, por ejemplo excluir los siniestros de fin de semana, o nocturnos. Pues estas clausulas excluyentes, ya no valen.
Aquí podía acabar el artículo, pero este blog tiene por costumbre ir más allá y elucubrar sobre las consecuencias de las cosas. Y es que, en principio, parece que esto sólo afecta a las aseguradoras y beneficia a los asegurados. Pero nada mas lejos de la realidad.
Las aseguradoras van a dejar de recobrar cantidades de dinero que antes recuperaban y esa merma tienen que sacarla de algún sitio. Y será del único que pueden: de las primas que cobran. Por lo tanto, ahora en función de las clausulas limitativas "alegales" (porque están pero no se pueden utilizar) que cada aseguradora haya incluido tendrán que actualizar sus tarifas para poder seguir manteniendo sus reservas con las primas que cobran. Esto puede suponer un pequeño descalabro en las cuentas de algunas aseguradoras.
La intención del legislador no es mala, tratando de evitar clausulas poco claras de las pólizas de seguros de automóviles, pero creo que no han dado con la formula correcta.
Lee todos los detalles jurídicos aquí
miércoles 17 de septiembre de 2008
EEUU nacionaliza AIG.
Ya lo advertí hace un par de días. AIG tenia una situación complicada. Hoy ya está salvada.
EL país liberal por excelencia nacionaliza la aseguradora. Nada menos que AIG, y por problemas serios económicos y temiendo que su quiebra arrastrara al desastre a toda la bolsa.
La Reserva Federal ofrece un crédito por dos años y pasa a controlar el 80% de la compañía.
¿Será la última intervención?
martes 16 de septiembre de 2008
DGS inspecciona a las grandes
Expansión publicaba la noticia hace unos días: Seguros inspecciona a las grandes compañías del sector para revisar su control interno.
A la DGSyFP le puede preocupar Solvencia II, las compañías tienen que adaptarse, pero las grandes no deben tener mucho problema para esto, y según Expansión entre las inspeccionadas se encuentran Mapfre, Santander Seguros, VidaCaixa o Generalli
Pero lo que a mi me preocupa son las practicas de mercado. Y es que dice Expansión que al Ministerio de Economía no le gustan ciertas prácticas, lo alarmante es que Economía conozca que existen y aún lo permita. Veamos algunas de estas prácticas:
*Imponer la suscripción de un seguro de vida o de hogar con una compañía como condición para la concesión de un préstamo hipotecario u otra operación. Esto es un abuso, y esta recogido como sancionable en la Ley de Mediación, redactada por el propio Ministerio de Economía.
*Exigir el pago de una prima única en la contratación de un seguro de vida o de hogar ligados a préstamos. Sin comentarios. Era una práctica habitual cuando los bancos concedían hipotecas.
*Designar como beneficiario de un seguro sobre un bien hipotecado al banco o caja que concede el préstamo. La Administración cree que sólo tiene derecho a percibir la indemnización el propietario del bien asegurado. Yo esto ya he dicho alguna vez que es cuando menos sospechoso. Yo no dejaría a nadie que me hiciera un seguro de vida y se pusiera de beneficiario, por mucho que le interese a este que yo siga viviendo.
*En las aseguradoras que venden sus productos en bancos y cajas, el cliente no distingue si es un producto bancario, de inversión, un seguro o un plan de pensiones. Esto es más acentuado en los ‘unit linked’, donde se mezclan características aseguradoras y de inversión. ¿Que el cliente no distigue? ¿Y le molesta esto a Economía? Y yo que pensaba que había sido la DGS quien permite que un administrativo de un banco, sin más conocimiento de seguros, haga de Auxiliar Externo de la compañía... Como se va a enterar el usuario. (lee más sobre el tema)
*El regulador llama la atención sobre los seguros con coberturas inadecuadas y menciona la contratación de pólizas de vida que cubren el fallecimiento en los que el asegurado y el beneficiario es la misma persona. Estamos en las mismas, yo no creo que haya mala fe, simplemente no saben.
Agradezco a Expansión el artículo, porque escribe lo que algunos suponíamos: que en la DGS son conscientes de los abusos de la banca y sus aseguradoras. Y aprovecho para animar una vez más a que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones aproveche la inspección para obligar, también a la banca, a cumplir con la ley.
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Nuevo Reglamento del Seguro de Autos
El viernes 12 de septiembre, el gobierno aprobó el nuevo Reglamento del Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil en la Circulación de Vehículos a Motor (Texto integro), con pequeñas novedades.
Este reglamento empieza dejando claro que vehículos están sujetos a el, o sea, cuales tienen obligación de tener seguro, cuestión que tardo en comprenderse cuando salio el ultimo Reglamento. Por lo tanto cualquier vehículo a motor para transporte terrestre tiene obligación de tener un seguro obligatorio hasta que este dado de baja temporal o definitiva. Las excepciones son las lógicas: trenes, vehículos eléctricos de juguete, y remolques de menos de 750kg.
Una curiosidad que incluye esta Ley es la compensación con los capitales asegurados para daños a las personas, de los daños que excedan de los cubiertos por los daños materiales. De otra manera; como el capital asegurado es superior para daños corporales (70 Millones de Euros), que para los materiales (15 Millones de Euros), si este se quedara corto ¿?, se añadiría el capital asegurado para daños corporales.
Esta medida podría significar un aumento de la prima, ya que realmente se asegura más capital del previsto. Pero puesto en la práctica con los capitales que se manejan no debería afectar a la siniestralidad, y por lo tanto, tampoco a la tarifa.
Otra modificación que esta siendo muy comentada es la referente a como justificar el seguro obligatorio. Se ha incluido en la posibilidad de que el agente compruebe en el FIVA (Fichero con los datos de los vehículos asegurados) la vigencia del seguro, pero no desaparece la obligación de llevar el justificante (recibo de pago) en el vehículo.
El reglamento dice exactamente:
Artículo 14. Acreditación del seguro obligatorio.
1. Todo vehículo a motor deberá ir provisto de la documentación acreditativa de la vigencia del seguro obligatorio.
2. La vigencia del seguro obligatorio se constatará por los agentes de la autoridad mediante la consulta al Fichero Informativo de Vehículos Asegurados.
En su defecto, quedará acreditada la vigencia del seguro mediante el justificante de pago de la prima del periodo de seguro en curso, (...)
3. El incumplimiento de la obligación de presentar la documentación justificativa del seguro será sancionado con 60 euros de multa...
Editado: Al margen de lo que la ley dice: he tenido conocimiento de que Tráfico ha enviado una nota interna recomendando a sus agentes comprobar siempre en el fichero FIVA si el vehículo tiene seguro; y si no es posible, y en caso de denunciar, una vez presentado el recibo deben anular la denuncia.
lunes 15 de septiembre de 2008
OCU impugna la junta de Mutua Madrileña.
Que por mayo era, por mayo,
cuando hace la calor,
cuando los trigos encañan
y están los campos en flor...
cuando OCU reclamaba
a los mutualistas oir su voz.
La poesía nunca fue lo mío. Por mayo OCU se afanaba en conseguir "representados" para hacer oposición al Consejo de la Junta de Mutua Madrileña. La cosa les salió regular, porque no se les hizo mucho caso. Y ahora OCU tratará de tomar su revancha.
Cada vez que veo un artículo de OCU me pregunto si tendrá el mismo rigor que aquella comparativa de seguros que hizo allá por el 2004 cuando afirmaban sin rubor que la compra maestra era Mutua Madrileña porque aunque "su clasificación global era inferior" (sic) pero su sistema de bonus lo debía compensar todo... Me gustaría entender como se defiende a los consumidores vendiendo la idea que lo bueno es lo barato.
De lo poco que comparto con OCU es que tiene fijación con MM, así que ellos impugnan la junta y yo lo cuento. Según OCU, la junta debe considerarse nula por no haber considerado algunas de las representaciones que tenían. Hasta ahí de acuerdo. Pero tampoco comparto que se alarmen cuando se habla de la responsabilidad que tienen los mutualistas (todos los mutualistas de todas las aseguradoras) en las cuentas de la aseguradora. Y si un año les toca pagar doble porque la cosa ha ido mal, es el riesgo de ser mutualista. Si no quieren ese riesgo asegúrense en una compañía de seguros.
Tampoco estoy de acuerdo en que traten de decidir donde poner los beneficios de la entidad. Si su presidente prefirió ponerlos en las reservas, será por algo. MM se ha convertido en la aseguradora líder en solvencia. Eso debería dar más tranquilidad a los mutualistas que pagar menos por su seguro. Si OCU quiere una entidad fuerte, debería apostar por lo mismo, lo barato no suele ser lo bueno.
Quiebra Lehman Brothers.
¿Y que? Si es un banco americano y esto va de seguros...
Pero estamos en un mundo globalizado, todo afecta. Tanto, que el Ibex 35 a estas horas pierde más de cuatro puntos. Tanto, que las cotizaciones de los bancos españoles caen.
Otra de las caídas mas fuertes de la semana pasada en Wall Street fue AIG (el viernes -31%!) y hoy ha empezado mal, muy mal. Parece que tienen un plan: buscar dinero, bueno pedirlo a la Reserva Federal. Para los despistados, AIG si es una aseguradora.
Las compañías españolas que cotizan también caen en la bolsa, y ahora los bancos también juegan a ser compañía.
Sin embargo lo que pretendo no es alarmar, al contrario: tranquilizar a los asegurados de compañías con sede en España.
Que una compañía de seguros quiebre en España es difícil, muy difícil. Las aseguradoras tienen obligación de mantener unas reservas financieras que garanticen sus operaciones de seguros. Existen distintos tipos de reservas: Matemáticas, riesgos en curso, prestaciones pendientes de pago, de desviación... Simplificando mucho y con el afán de tranquilizar: tienen el dinero de los siniestros que tienen que pagar preparado para cuando haya que hacerlo.
Pero además no es que tengan que tener las reservas, es que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, dependiente del Ministerio de Economía, controla que las tienen. Así será hasta que lo cambien.
Por lo tanto, tranquilidad. El único problema, si la cosa sigue así, es que notaremos que las tarifas tenderán a suavizar los problemas económicos de las aseguradoras. Para quien no entienda el eufemismo: ¡preparad las carteras!
miércoles 10 de septiembre de 2008
El RACC se asocia con ASSURANCES DU CRÉDIT MUTUEL
El RACC que andaba buscando socio lo ha encontrado fuera de España. Pensareis: ¡que exquisitos! que no les vale ninguna de las más de 100 españolas. La cosa tiene su lógica el grupo francés entra en el negocio español, y los catalanes matienen el control de la compañía UNIVERSAL ASISTENCIA que estrenará el ramo de autos.
Las damnificadas del asunto son Liberty, HDI, Axa, Caser, Vitalicio, Groupama... que mantienen negocio con RACC y que posiblemente vean mermada su cartera con la correduría, a la vista las palabras de Josep Mateu, director general del Racc "Con el volumen que teníamos no podíamos limitarnos a ser corredores de seguros". Por cierto, que no se a que juegan entonces AON, Marsh, etc...
Aprovecho la entrada para recomendaros un blog que acabo de descubrir. La comunidad blogger es enorme, y gran parte vana, por eso cuando se encuentra una joyita hay que darla a conocer. Cualquier profesional, de cualquier ramo, tiene que tener unos conocimientos básicos de leyes, una forma estupenda de refrescar conocimientos y estar al día es: www.iuriscivilis.com.
viernes 5 de septiembre de 2008
¿Como aseguro ... mi vida?
Vamos a la "madre de los seguros", al más sencillo, al seguro de vida para caso de fallecimiento.
El principal problema es ajustar el valor de nuestra vida, cuando hemos hablado del seguro de coche esta claro que aseguramos su valor de mercado, cuando hacemos el de nuestra casa aseguramos el valor de construcción y el valor de nuestros enseres, pero ¿Qué vale una vida?
Este encabezado da para filosofar un buen rato, pero me centrare en lo mas terrenal del asunto; ¿que vale para la sociedad una vida? Recuerdo a una profesora de química que nos explicaba que el valor del cuerpo humano según los minerales que lo forman no llegaría a los 60€ de hoy. Sin duda esa no es la perdida económica que produce un deceso. Esta no parece la solución...
La Ley de Contrato de Seguro en su artículo primero ya advierte que el seguro no sólo indemniza las perdidas económicas, sino que también se encarga de "satisfacer un capital, renta u otras prestaciones convenidas". Comienza a definir el seguro de vida, y nos permite asegurar la vida por cualquier capital que estimemos oportuno.
Para ir centrando la cifra nos podría dar una pista como se valora la vida desde el punto de vista político, que precio ponen a una vida los legisladores. Quién haya seguido la actualidad del verano quizá haya leído las indemnizaciones a las que tiene derecho un fallecido en un accidente aéreo, los artículos de estos días sobre el suceso del avión de Spanair en Barajas nos daban la cifra: 109.000€.
Si la muerte la produce un automóvil por carretera las indemnizaciones superan esa cifra, y existe, al menos la intención, de la Unión Europea de asegurar la vida de quienes viajen en ferrocarril en 220.000€. Diversidad de opiniones. Parece que tampoco será la formula exacta...
Entonces apliquemos la lógica, ¿quién cobra el seguro de vida? El beneficiario. Por lo tanto será la relación con él la que indique la cifra a asegurar. Por ejemplo, cuando firmamos una hipoteca (si es que alguien tiene suerte de que se la concedan hoy por hoy) el banco "nos recomienda" hacer un seguro de vida (las comillas, se pueden traducir por obligan, chantajean, etc...) por el importe de la deuda. Esa es la relación, económica, con el beneficiario.
Nos tenemos que plantear contratar un seguro de vida cuando nuestro beneficiario (mujer, hijos, padres, etc...) tenga un interés, económico, en que no faltemos. Y ese interés económico es el capital que debemos asegurar.
En principio pensaba explicar como llegar a una cifra coherente, pero es imposible generalizar, para hacer este ejercicio particular siempre es conveniente la ayuda de un agente o corredor profesional. Ellos tendrán en cuenta vuestra situación para asesoraros: pasivo, ingresos familiares, hijos, su situación... los seguros de vida son una herramienta útil cuando hay herencias cuantiosas, hay que tener en cuenta la fiscalidad del producto...
Para terminar un par de consejos: Procurad asegurar también la invalidez permanente, y si es posible con más capital que el de la propia muerte, por motivos obvios; la invalidez genera más perjuicio económico que la muerte, y además, a uno mismo.
Comparad varias pólizas; la competencia hace incluir garantías interesantes en algunas, como segundas opiniones medicas, dobles y triples capitales, suplementos de enfermedades graves, protección jurídica, etc...
Revisad vuestra póliza en estos años, los seguros de vida, al contrario que todos los demás, cada vez las tarifas son más económicas, al aumentar la esperanza de vida las tasas a aplicar son menores. Las compañías están obligadas a utilizar tablas más o menos modernas, por lo tanto, obligadas a bajar los precios. Consultad a vuestro agente de confianza.
Piensa un segundo: ¿Tienen tus posibles beneficiarios interés económico en tu supervivencia? Hazles un favor, haz tu seguro de vida.
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