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Defensor del Pueblo entiende que el consumidor no ha contratado voluntariamente

El Defensor del Pueblo ha emitido un informe sobre "Crisis económica y deudores hipotecados". Hace más de cuatro meses que sabíamos que la institución estaba indagando sobre los seguros que hacen los bancos y en este informe ha incluído sus conclusiones.


El Defensor del Pueblo da por hecho que las entidades bancarias
habitualmente al conceder el préstamo hipotecario exigen al prestatario el cumplimiento de requisitos adicionales, como la contratación de seguros. Y dice "el problema que ha aflorado en la actual situación de crisis económica radica en la inoperatividad de dicho seguro".


Se refiere a los seguros de protección de pagos sin validez por el tipo de contrato laboral, y a los de vida hechos a determinados colectivos sin cobertura real en la póliza por exclusión. Porque el informe sólo habla de estos dos ramos concretos.


Sobre estos temas, las reclamaciones y como se han resuelto la oficina del Defensor ha consultado al Banco de España y a la Dirección General de Seguros y fondos de pensiones. El Banco de España, aún no ha tenido tiempo de contestar, y la DGSFP reconoce que ha habido a partir de 2007 consultas y reclamaciones por estos hechos, y justifica que "las entidades de crédito pueden ofrecer unas mejores condiciones crediticias si se contratan simultáneamente determinados productos financieros a modo de paquete." Pero se añade en el informe "Este tipo de actuaciones
de reforzamiento de las garantías financieras en la operación debe completarse con una adecuada información y asesoramiento sobre los productos ofrecidos y dentro de un contexto de libertad de contratación."


¿No os chirría?  "libertad de contratación" versus "productos financieros paquete"...  yo lo veo incompatible.


Además la DGSFP explica al Defensor del Pueblo que si la aseguradora, o el operador de bancaseguros, ha informado a su cliente con anterioridad a la contratación según la Ley de Contrato de Seguro, y entrega la póliza cuando se realiza... la contratación se entiende como correcta. También explican las acciones que han tomado con respecto a estas quejas, como la publicación de criterios en la web, los informes anuales sobre reclamaciones, e incluso entre el 2008 y 2012 hay programado un plan educación financiera, dentro de este plan en mayo de 2010, se creó la conocidísima web : www.finanzasparatodos.es .


O sea, que información hay. Si te hacen un seguro que no sirve es culpa tuya.


Tan es así que el informe acaba diciendo: "A pesar de todas las afirmaciones de la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones lo cierto es que la información no ha funcionado de forma correcta en la suscripción de este tipo de seguros, que no han tenido carácter voluntario para los clientes, sino que han supuesto una exigencia para la concesión del préstamo hipotecario."


Y concluye recomendando, como medidas preventivas en el punto 4.2.4 del informe: "El establecimiento de restricciones a la práctica generalizada de las entidades bancarias de imponer la contratación de los seguros de protección de préstamos" y "se recomienda que se extremen las cautelas en la interpretación que se efectúa de estas pólizas, ya que está claro que los ciudadanos no han prestado su consentimiento libremente para su contratación y, desde luego, no han prestado su consentimiento informado."


Interesante que el Defensor del Pueblo de por probado que la banca hace seguros a sus clientes que pagan de manera involuntaria, por obligación. Interesante que se recomiende libertad en la contratación. Interesante que la DGSFP entienda que todo se está haciendo, en lineas generales, conforme a la Ley. Y todo llega cuando el congreso va a analizar como vende productos la banca...


VIA| Informe: Crisis económica y deudores hipotecados (pdf)

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