Ir al contenido principal

Robo de joyas.

Hace unos días tuve conocimiento de un caso curioso con un seguro de hogar.


Una pareja se compra un piso, firma una hipoteca, el banco te coloca sí o sí un seguro. Hasta aquí lo que está aceptado como normal. Es un seguro, es obligatorio... y se supone que saben lo que hacen.


Ocurre que la feliz pareja deja de serlo. Uno de ellos abandona el lecho conyugal, se va a vivir a otro sitio. Pero aquel seguro que firmaron sigue a nombre el.


collarComienza el lío: en lo que en su momento fue un nidito de amor entran unos cacos y se llevan unas joyas de ella. Terrible pero para eso está el seguro. Ella llama a la aseguradora, acude, tasan, incluso hacen la transferencia, pero aquí está el problema, la cuenta que tiene la aseguradora resulta ser la del exresidente en la vivienda, que por supuesto ya no tienen ni joyas ni otros enseres en su exhogar...


Ni que decir tiene que la persona que ha recibido la transferencia no tiene intención ninguna de devolver el dinero y la aseguradora dice que ya ha pagado... La dueña de las joyas está sin ellas y sin dinero para reponerlas.


Para que este caso ocurra tienen que concurrir muchos pequeños desastres:


*Que la aseguradora no se entere del cambio de situación en la vivienda, donde el tomador ya no reside, ni tiene pertenencias.


*Que la aseguradora se equivoque pagando unas joyas a quien no es su dueño, habiéndolas tasado antes a quien, probablemente,  no tenía derecho sobre la póliza.


*Que el mediador de seguros sea muy malo y no se preocupe de los siniestros de sus clientes, o que sea muy inocente y confíe en que la aseguradora lo hace todo bien.


*Un profundo desconocimiento de lo que son los seguros por parte de los usuarios.



¿Creéis que la persona que hizo la póliza no sabía del cambio de situación de la pareja? Cuando uno se separa va al banco y anula pagos, cambia cuentas, etc... pero al superbancario no se le ocurrió que el seguro también hay que adaptarlo a la nueva situación.


La culpa reside en los propios usuarios de la póliza porque son los encargados de comunicar a la aseguradora el cambio, pero eso nadie lo conoce, la ignorancia sobre temas de seguros es supina...


Conclusión: un simple siniestro se complica porque la persona encargada de hacer la póliza, las modificaciones y asistir en los siniestros no ha caído en unos detalles; detalles que son los que imprimen calidad en el servicio.




Fotografía: Pendientera



Comentarios

  1. Estimado Angel, un pequeño detalle, cabe pensar que si el numero de cta bancaria que dispone la aseguradora es el del exresidente suponemos que el cargo de la prima de la poliza se realiza a esa cuenta, luego el tomador de la misma continua siendo el, igual la que no se preocupa de realizar el cambio de tomador y de cuenta es la residente porque le conviene que sigua pagando el seguro su ex...

    un saludo.

    ResponderEliminar
  2. Hola JuanLuis,
    En efecto, la culpa legal descansa en los propios asegurados. Pero es que ya conocemos que ellos no saben de seguros, es responsabilidad del mediador informarle y asesorarle. Precisamente cobramos por eso... se debería hacer el trabajo por el que se cobra ¿no?

    ¡Saludos!

    ResponderEliminar

Publicar un comentario

Entradas populares de este blog

Más del 50% de agentes de seguros no pueden sobrevivir.

Según ICEA , el 56% de los agentes exclusivos de seguros tienen una cartera inferior a 30.000€ al año, y eso da sólo como para pagar un par de meses de hipoteca. Y es que en 2008 habían registrados más de 87.000 agentes . Y 48.734 manejan volúmenes inferiores a los 30.000€ . En ningún sitio de la Europa civilizada se dan estos números. En Francia, Inglaterra o Alemania cualquier agente tiene más de un millón de euros de cartera. El motivo es que no hay tantos agentes. El negocio esta mucho más concentrado. Y el problema en España es la falta de rigor por parte de las compañías al abrir códigos. Cualquiera puede vender seguros en España. Solo hay un requisito, estar en paro y desesperado... encontraras tres o cuatro aseguradoras que te ficharan para que hagas tus seguros, los de tu familia y abandones a los pocos meses... De hecho en 2008 había registrados 4.000 agentes más que en 2007. Y apuesto a que durante este año aparecerán, como las setas en otoño, otros 10.000. A algunas com

La insostenible Ley de Economía Sostenible.

Sección 2ª Artículo 29 Mercados de seguros y fondos de pensiones. Las administraciones competentes velarán por la aplicación de una regulación más transparente y eficaz de los mercados de seguros y fondos de pensiones que asegure el cumplimiento de las siguientes finalidades: e) Un mayor desarrollo y transparencia en la mediación de seguros y reaseguros, de acuerdo con la Ley 26/2006... Pués que bien suena. Todo lo que sea transparencia es claridad. Después el anteproyecto nos habla de los seguros de vida y de la obligación de que aparezca en el contrato la rentabilidad esperada teniendo en cuenta todos los costes . Y en el caso de que el tomador asuma los riesgos de la inversión (unit links, etc...) ha de informase de que el producto está expuesto a los riesgos de la fluctuación de los mercados . Con los seguros de decesos aciertan al tratar de solucionar la polémica con los distintos tipos de tarifas teniendo que advertir al tomador como serán las renovaciones. Se obliga a las

Las aseguradoras empezarán a reclamar recibos.

Empezamos el 2009 con un macutazo . Ya tengo confirmado una aseguradora que mediante outsourcing reclamará los recibos pendientes de más de 90€ a sus clientes. No voy a desvelar el nombre para no perjudicar ¿? su imagen, pero apuesto a que no va a ser la única y será práctica común en unos años. Hasta ahora, en general, las aseguradoras reclamaban los recibos pendientes de importes importantes , pymes, flotas y particulares con siniestros, pero esos recibos sin cobrar de pequeños importes de trimestres que deberían pagarse se enviaban un par de cartas más o menos amenazantes y el asunto acababa en el limbo. Hablo de los recibos trimestrales o semestrales, porque para anular una póliza de seguro, conforme a la Ley de Contrato de Seguro, hay que hacerlo en el vencimiento anual de la póliza y adviertiendolo con un par de meses de antelación. Ahora, por lo menos una aseguradora, encargará a una empresa especializada en cobros los recibos de las pólizas de seguro que no se hayan cobra